A. Agrupación de Dominios en .NGO y .ONG
El registro de dominios en .NGO y .ONG está técnicamente “empaquetado”. Esto significa que al registrar y comprar un dominio en el TLD .NGO, por ejemplo, el registrante de la ONG (el "registrador") también registra y compra el nombre correspondiente en el TLD .ONG (y viceversa para los registros en .ONG). ). El registrante no puede, por ejemplo, comprar “example.NGO” por sí mismo; al comprar el dominio “ejemplo.NGO”, el registrante también compra necesariamente el dominio “ejemplo.ONG” debido a la agrupación técnica de dominios en .NGO y .ONG.
a. Si el registrante toma una acción particular con respecto al registro de un dominio registrado en .NGO (como transferir o eliminar el registro), la misma acción también debe tomarse para el dominio .ONG correspondiente (y viceversa).
b. Si, de conformidad con esta, o cualquiera de sus otras Políticas, Public Interest Registry (el “Registro” o “PIR”) toma acción con respecto a un dominio registrado en .NGO (incluyendo, pero no limitado a, denegar, suspender, revocar, transferir o modificar la información o los servicios proporcionados en relación con cualquier nombre de dominio), el Registry necesariamente tomará la misma acción contra el dominio correspondiente registrado en el TLD .ONG (y viceversa).
B. Requisitos de elegibilidad del registrante; Certificación adicional
a. El Registro utiliza siete características distintas para definir una ONG: el registrante certifica que cumple con los siguientes requisitos de elegibilidad para .NGO y .ONG cuando compra su(s) paquete(s) de nombre de dominio .NGO y .ONG:
- Enfocado en actuar en el interés público. Ya sea en apoyo de la educación o la salud, el medio ambiente o los derechos humanos, los miembros de la comunidad .NGO y .ONG trabajan por el bien de la humanidad y/o la preservación del planeta y no promueven la discriminación ni la intolerancia.
- Entidades sin ánimo de lucro/sin ánimo de lucro . Si bien muchas ONG participan en actividades comerciales o generan ingresos en apoyo de sus misiones, los miembros de la comunidad .NGO y .ONG no reconocen ganancias ni retienen ganancias.
- Influencia gubernamental limitada*. Reconociendo que muchas ONG tienen interacciones importantes con el gobierno, sobre todo por razones de financiación (que puede incluir la recepción de alguna financiación del gobierno en apoyo de sus programas), los miembros de la comunidad .NGO y .ONG deciden sus propias políticas, dirigen sus propias actividades y son independientes del gobierno directo o del control político.
- Actores independientes*. Los miembros de la comunidad .ngo y .ong no deben ser partidos políticos ni formar parte de ningún gobierno. La participación en el trabajo de una .ONG y .ONG es voluntaria.
- Organizaciones Activas. Los miembros de la comunidad .NGO y .ONG cumplen activamente sus misiones de forma regular.
- Estructurado. Los miembros de la comunidad .NGO y .ONG, ya sean grandes o pequeños, operan de manera estructurada (por ejemplo, bajo estatutos, códigos de conducta, estándares organizacionales u otras estructuras de gobierno).
- Legal. Los miembros de la comunidad .NGO y .ONG actúan con integridad dentro de los límites de la ley.
* PIR ha determinado que las organizaciones formadas bajo las leyes de la República Popular China (o cualquier territorio de la misma) no cumplen con los criterios de "Influencia gubernamental limitada" y "Actores independientes". En consecuencia, los posibles solicitantes de registro de China y sus territorios no deben registrar paquetes .NGO y .ONG, ya que no cumplirán con los requisitos de elegibilidad de PIR. En caso de que PIR descubra que un paquete .NGO y .ONG está registrado por una organización organizada bajo las leyes de la República Popular China (o cualquier territorio de la misma), PIR eliminará el paquete de registro por no cumplir con nuestros Requisitos de Elegibilidad.
b. PIR es una empresa estadounidense sujeta a la legislación estadounidense. El registrante por la presente certifica que ni él ni ninguna de sus subsidiarias o, según su conocimiento, ningún director, funcionario o empleado del registrante o cualquiera de sus subsidiarias es una persona que (a) sea el objetivo de cualquier ley administrada por el Departamento de los Estados Unidos de la Oficina de Control de Activos Extranjeros ("OFAC") del Tesoro o cualquier otra entidad gubernamental de los Estados Unidos que imponga sanciones económicas y embargos comerciales, o (b) esté ubicada, organizada o sea residente en un país o territorio que sea, o cuyo gobierno sea, el objetivo de las sanciones impuestas por la OFAC o cualquier otra entidad gubernamental de los Estados Unidos. El registrante comprende y acepta que PIR no permite registros de registratarios que residen u organizan en cualquiera de dichos países en los TLD .NGO y .ONG. En caso de que PIR descubra que algún .
C. Proceso para Registrantes en .NGO y .ONG
Durante el proceso de registro, se le pedirá al solicitante de registro que autocertifique que cumple con los requisitos de elegibilidad enumerados anteriormente. Esto se logrará a través del siguiente proceso:
Paso 1: Registro
Durante el proceso de registro, se requiere que el registrante autocertifique la identidad de la ONG o asociación de ONG en cuyo nombre actúa la entidad y el rol que cumple el representante de la entidad registradora dentro de la ONG o asociación de ONG. Luego, el registrante certificará (a través del cuadro de clic) que el registrante ha leído, comprende y ha cumplido con estas Políticas de registro y que la información proporcionada por la entidad es precisa y completa.
Una vez que se complete el proceso de registro, el paquete de nombre de dominio estará activo.
Es responsabilidad del registrante determinar si el registro del paquete de nombres de dominio infringe o viola los derechos de otra persona. También es responsabilidad del registrante determinar si el registro del paquete de nombres de dominio cumple con estas Políticas de registro.
PIR realiza auditorías aleatorias de los registros de paquetes de dominios .NGO y .ONG y se reserva el derecho de cancelar, transferir o modificar un nombre de dominio, de acuerdo con la Política de resolución de disputas de registros ("RDRP") de PIR, los Requisitos de elegibilidad, la Política anti-abuso, Eliminación Política, Política de Selección de Nombre u otros requisitos legales. Estas auditorías pueden ocurrir en cualquier momento después de que un registrante registre un paquete de nombre de dominio, incluso antes de completar el proceso de validación descrito en este documento.
PIR llevará a cabo auditorías de los registros de paquetes de dominios .NGO y .ONG cuando se hayan presentado a PIR reclamos de registro de no ONG.
Como parte del proceso de auditoría, se le pedirá al Registrante que proporcione evidencia de su condición de ONG. La documentación puede consistir en uno o más de los siguientes: listas gubernamentales, documentos corporativos (p. ej., artículos de incorporación), registros fiscales u otros documentos que demuestren el estado caritativo de la entidad y el trabajo en la comunidad a la que sirve. PIR puede intentar confirmar que la documentación proporcionada establece el estatus de ONG del Registrante. En el caso de que PIR requiera información adicional para confirmar el estado de ONG del Registrante (que se determina a discreción exclusiva de PIR), notificará al Registrante que se necesita más información para completar el proceso de auditoría y el Registrante deberá proporcionar dicha información adicional o documentación para completar la auditoría.
Si, como resultado del proceso de auditoría, el Registro determina (a su exclusivo criterio) que el Registrante no cumple con los Requisitos de elegibilidad de la ONG, los nombres de dominio del Registrante se eliminarán y se liberarán nuevamente en el grupo de dominios disponibles. De manera similar, si el Registrante no responde con la(s) solicitud(es) de información de PIR de conformidad con esta auditoría, el paquete de nombres de dominio se eliminará y se liberará nuevamente en el grupo de dominios disponibles.
El proceso de auditoría del registratario es el siguiente:
Paso 1: Confirme el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de .NGO y .ONG
Paso 2: Proporcione evidencia documentada del estatus de ONG
El Registrante será notificado por correo electrónico de que ha sido seleccionado para la Auditoría. Se le pedirá al Registrante que proporcione el nombre formal de la entidad de ONG y otros nombres con los que hace negocios, el país en el que la entidad de ONG está registrada formalmente para hacer negocios y cualquier información de identificación aplicable como una entidad de ONG, por ejemplo, una identificación fiscal o número de certificación de registro.
Los solicitantes de registro tendrán 30 días para responder al aviso de Auditoría. Una vez finalizado el proceso de validación de la auditoría, Public Interest Registry notificará al Registrante y al Registrador sobre su estado de aprobado o reprobado.
Pasar la validación dará como resultado que el nombre de dominio permanezca activo inmediatamente. Si falla la validación, se puede revocar el registro de cualquier entidad que no cumpla con los requisitos de elegibilidad.
Si PIR no recibe una respuesta dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la notificación de Auditoría, el Registrante está sujeto a que su(s) nombre(s) de dominio se coloque(n) en Suspensión del servidor, el nombre de dominio ya no estará activo. Después de 3 meses y sin respuesta a la auditoría, se eliminará el nombre de dominio.
Los solicitantes de registro que registren nombres de dominio adicionales simplemente deberán confirmar la precisión de los datos de validación proporcionados previamente en el proceso de validación de auditoría original.
Al transferir un dominio que no ha vencido a un nuevo registrante, es responsabilidad del registrante actual asegurarse de que el nuevo registrante cumpla con la Política de registro de .NGO y .ONG.
Public Interest Registry se reserva el derecho de revisar la información de validación proporcionada en cualquier momento.
D. Política de selección de nombres
El paquete de nombres de dominio .NGO y .ONG que un registrante desea registrar debe cumplir con ciertos criterios de política de nombres. PIR permite a los registrantes .ngo y .ong registrar los siguientes tipos de paquetes de nombres de dominio:
- el nombre de (la totalidad o parte de) la ONG, por ejemplo, su nombre comercial;
- un acrónimo que representa a la ONG;
- un nombre que reconozca o describa en general a la ONG; o
- un nombre relacionado con la misión o actividades de la ONG.
Política de nombres reservados
Los siguientes nombres están reservados desde el registro:
- Todos los nombres de segundo nivel de dos letras;
- Nombres de naturaleza inapropiada, por ejemplo, terminología relacionada con adultos, según lo define PIR;
- Nombres requeridos por ICANN para ser reservados;
- Ciertos nombres genéricos definidos por PIR que representan a la Comunidad de ONG de manera general.
- Nombres que utiliza PIR para respaldar el registro, incluidos:
- Nombres para soportar operaciones de registro, por ejemplo, directorio.ngo/directorio.ong;
- Nombres para apoyar el Consejo Asesor Comunitario de ONG de PIR.
- Nombres reservados por PIR, a su discreción.
En caso de que un registrante intente registrar un nombre reservado, el registrante recibirá un aviso informándole que el nombre de dominio que intenta registrar ha sido reservado.
F. Plataforma OnGood
El portal .NGO & .ONG y el directorio global ("OnGood") están disponibles para el registrante por PIR para aquellos registrantes que validan su organización y desean convertirse en miembros. Los inscritos no están obligados a convertirse en miembros.
El Portal OnGood y el Directorio global están disponibles en www.ongood.ngo. Las personas registradas que deseen convertirse en miembros de la plataforma OnGood pueden enviar su solicitud a ngo-ong@pir.org.
G. Uso de datos
De acuerdo con los requisitos de validación y auditoría establecidos en estos Términos de uso, PIR se comunicará con los registrantes sujetos a auditorías trimestrales según sea necesario utilizando el correo electrónico del registrante proporcionado en el momento del registro. Si tiene preguntas o inquietudes, puede ver el Aviso de privacidad completo o comunicarse con PIR en privacy@pir.org .
Fuente: thenew.org (https://thenew.org/org-people/about-pir/policies/ngo-and-ong-registration-policy/)
Última Actualización: mayo 2022.